«Brit Shalom» – leyes prácticas para los hijos de Noé, versión breve
Tercer capítulo: El conocimiento de Dios (Leyes sobre la prohibición de la idolatría)
“Yo soy el señor, tu Dios” (Éxodo 20: 2)
“Dios es nuestro señor, Dios es uno” (Deuteronomio 6: 4)
“Miren ahora que Yo, Yo soy Él, y no hay dioses conmigo” (Deuteronomio 32:39)
“No tendrás dioses ajenos delante de mí” (Éxodo 20:3)
- La fe en la existencia de Dios y su unicidad es el legado del pueblo de Israel y en virtud de ella los israelitas se comprometieron a proclamar al mundo entero que no se debe adorar a otros dioses.
- La finalidad de la vida del hombre es conocer a Dios. En este saber está incluido el temor a Dios y el amor hacia Él. En el amor a Dios está incluida toda acción o comportamiento que acerca la fe a los corazones humanos.
- No se ama a Dios sino a través del conocimiento de Él y según su conocimiento de Él será su amor a Él. Por eso es apropiado que el hombre aumente en sabiduría según su capacidad.
- El hombre está subyugado al Creador del mundo solamente, y no a ninguna entidad fuera de Él.
- Es por eso que la Torá ordenó a todo hombre no realizar ningún culto pagano fuera del culto a Dios. Esta prohibición se denomina idolatría.
- En el servicio al Creador no se debe admitir a ninguna entidad que comparta su divinidad. Esta prohibición se denomina: divinidad compartida. En ésta prohibición está incluida la creencia cristiana que divide la divinidad de Dios y la comparte con un ser humano.
- Acciones de culto prohibidas cuando no están dedicadas al Creador: la inclinación o postración con el fin de adoración, el faenado de un animal, la quema de una ofrenda, incienso y similares, y la libación (el vertido de una bebida). Así mismo está prohibido todo recitado ritual que expresa la aceptación de una autoridad divina, como por ejemplo: “Tu eres mi dios”. Todas estas prácticas están prohibidas, y se castiga por ellas aunque éstas no sean habituales en el servicio de esa religión.
- Además de esto, está prohibida la plegaria y toda práctica que sea común a una cierta idolatría. Por ejemplo, si en el servicio a una idolatría es común el baile, el uso de una prenda de vestir particular o prácticas similares, también éstas están prohibidas y se es castigado por ellas.
- Si bien todos los demás modos de culto están prohibidos, no se es castigado por ellos a menos que los haya hecho de la forma habitual en la que éstos son practicados por los seguidores de dicho culto. A excepción de las practicas del sacrificio animal, el encendido de incienso, la postración y la libación (vertido de bebida), que se castigan aun si no son comunes en el servicio de los seguidores de esa idolatría.
- Toda idolatría castigada por un tribunal rabínico de Israel, debe ser castigada también por el tribunal de los hijos de Noé.
- La prohibición incluye la adoración de toda fuerza, sea material o espiritual, que exista en la realidad o sea solamente fruto de la imaginación.
- Dentro de ésta prohibición esta la adoración a un hombre, de cualquiera de las maneras antes mencionadas, aunque el seguidor piense que esa misma persona o esa misma fuerza no es creada, sino creadora.
- La creencia misma de que una persona o nación es impulsada por alguna fuerza, sea material o espiritual, que está por debajo del Creador, no está prohibida, mientras no la adore.
- El que concibe que hay un dios en el universo fuera del Creador, es llamado “hereje” de los fundamentos de la religión de Israel.
- La asistencia a ceremonias de idolatría o la participación pasiva en éstas no está prohibida a los hijos de Noé.
- Un hijo de Noé que es forzado a adorar una idolatría, o que podría ponerse en peligro si no participa de un acto de adoración, le es permitido hacerlo y no está obligado a entregar su vida por ello.
- No se debe incitar a otros a hacer idolatría.
- El que profetiza en nombre de una idolatría, es culpable.
- No se debe levantar un altar o plantar un árbol de culto, o edificar un edificio para una idolatría, inclusive si el que lo edifica o lo planta no adora aquella idolatría.
Conductas apropiadas:
Muchos asuntos relacionados con la idolatría fueron prohibidos a los israelitas, para que se alejen de ésta en extremo, y no fueron prohibidos explícitamente a los hijos de Noé. A pesar de esto, son buenas conductas que es apropiado seguir en la medida de lo posible. Y éstas son:
- Evitar leer libros de la idolatría, pero para los sabios de Noé que enseñan estas leyes, esto es apropiado.
- Es apropiado no hablar elogiosamente de una idolatría y aún más no adornarla o encender velas en su honor y cosas por el estilo. Todo esto en el caso de que ésta no sea el modo habitual de adorarla. Pero si lo es, entonces estas acciones están prohibidas por la ley.
- Es bueno evitar los cortes de pelo en la cabeza y la barba a la manera de los adoradores de ídolos. También los tatuajes y toda lesión en el cuerpo como ellos acostumbran. Así mismo no provocarse calvicie o rasgarse el cuerpo como señal de duelo por un muerto. Si le cayeran monedas cerca de una estatua de idolatría, que no se incline y las tome, sino que se siente y luego las tome.
- Es bueno evitar comer o beber alimentos o bebidas que fueron utilizadas para servir a un ídolo. Así mismo comer frutas de un árbol que fue plantado por idólatras con el fin de adorar un ídolo. Lo mismo en referencia obtener algún beneficio de plata u oro que fue usado como revestimiento de un ídolo, e incluso obtener algún beneficio de la ceniza de un ídolo que fue quemado.
- No debe hacer una estatua para sí mismo para adorarlo o para que otros lo adoren. No debe tener en su dominio ningún objeto utilizado para la idolatría.
- Hacer una escultura en forma de una persona completa, incluso para la decoración, está prohibido para los israelitas. En cualquier caso, no está prohibido ingresar al lugar donde se ha colocado una estatua de ídolo, e incluso se permite disfrutar de una escultura hecha para el arte.
- Los israelitas tienen prohibido predecir el futuro por medios mágicos, provocar cambios en la naturaleza por hechizos, elevar los espíritus de los muertos e interactuar con ellos (espiritismo) y el hechizo en todas sus formas. Sobre todo esto y similares, la Torá dijo que eran una abominación para el Señor. También está dicho: “Sé integro con el Señor tu Dios”. También para los hijos de Noé es conveniente no involucrarse en estas cosas, aunque no les estén prohibidas por ley.
- Se ordenó a Israel que no se dirigiera a los ídolos, no piense en ellos, e incluso no los observara.
No se debe jurar en nombre de una idolatría, y tampoco no pedir que otro jure en nombre de una idolatría, y el que necesita jurar en un tribunal, es bueno que lo haga en nombre de Dios o en términos generales, en los cuales no menciona en nombre de quien está jurando.